
La 114.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra del 1 al 12 de junio de 2026, dedicó la Memoria de su Director General a la inteligencia artificial —«A moment of choice: Harnessing artificial intelligence for decent work»— y adoptó el primer instrumento vinculante de la historia que regula la gestión algorítmica del trabajo. Las dos afirmaciones son ciertas y suenan al mismo titular. No lo son, y la distancia entre ambas es el asunto de fondo.
El 12 de junio la Conferencia adoptó el Convenio sobre el trabajo decente en la economía de plataformas (núm. 193), por 406 votos a favor, 8 en contra y 36 abstenciones. El Convenio obliga a las plataformas a informar a los trabajadores y a sus representantes cómo se usan los sistemas automatizados para la supervisión y la toma de decisiones, y a entregar explicaciones por escrito y revisión humana de las decisiones que afecten la remuneración, la suspensión, la desactivación o la terminación de la relación de trabajo. Es la primera vez que la gestión algorítmica —que un sistema automatizado asigne tareas, evalúe desempeño, fije pagos o desconecte a una persona de su fuente de ingreso— queda tratada en un instrumento internacional obligatorio, y alcanza a las más de 150 millones de personas que trabajan a través de plataformas digitales (OIT, 2026).
Ahora bien, el Convenio 193 regula la gestión algorítmica dentro de la economía de plataformas, y ese es su ámbito declarado. La inteligencia artificial en el mundo del trabajo no se detiene ahí. Un sistema automatizado que asigna turnos en un centro de distribución, que puntúa candidaturas en un proceso de selección, que mide el ritmo de trabajo en una línea de producción o que ordena la atención en un servicio público hace exactamente lo mismo que hace una plataforma —asignar, evaluar, decidir— sobre una persona que no es trabajadora de plataforma. Para esa situación, la Conferencia produjo una Memoria del Director General; y una Memoria se discute en plenaria, orienta el debate y fija la agenda de la Organización, pero no crea obligaciones para ningún Estado. El único punto de la agenda con carácter normativo fue el de la economía de plataformas.
Dicho de otro modo: la Organización Internacional del Trabajo (OIT) puso la inteligencia artificial en el centro de su año y, al mismo tiempo, reguló la gestión algorítmica por un solo canal sectorial. Lo primero fue muy visible. Lo segundo, que es lo que define qué queda cubierto y qué no, apenas se comentó.

Por qué la brecha pesa más en América Latina
El desajuste no se reparte por igual entre regiones. El empleo mediado por plataformas digitales es una fracción del empleo total en los países latinoamericanos, mientras el grueso del trabajo está en el empleo informal y en el empleo formal tradicional, que es justamente donde el Convenio 193 no llega. A eso se añade una asimetría de origen: los sistemas automatizados que se aplican sobre trabajadores de la región suelen diseñarse y entrenarse fuera de ella, y una regla que exige explicación y revisión humana es mucho más difícil de ejercer cuando el sistema, la empresa que lo opera y el marco jurídico que la obliga están en tres jurisdicciones distintas.
Falta además lo más básico, que es la medición. No existe en la región una estadística pública y comparable que diga qué proporción de personas trabajadoras está sometida a decisiones automatizadas sobre su remuneración, su horario o su permanencia. Sin ese indicador no hay manera de saber si el Convenio 193 cubre la mayoría de los casos o una minoría, ni de comprobar más adelante si algo cambió.
De ahí se desprende una tarea concreta y barata, que puede empezar sin esperar ningún instrumento nuevo: incorporar a las encuestas de hogares de la región una pregunta sobre decisiones automatizadas en el empleo. Bastaría con saber si la persona encuestada recibe asignación de tareas, evaluación de desempeño o determinación de pagos por medio de un sistema automatizado, y si conoce el criterio con que ese sistema decide. Es una pregunta corta, comparable entre países y compatible con los instrumentos existentes. Sin ese dato, el debate sobre inteligencia artificial y trabajo en América Latina seguirá apoyándose en proyecciones; con él, se apoyaría en medición, que es la única base sobre la que se puede exigir rendición de cuentas.
Fuentes: Agenda de la 114.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, OIT · «International Labour Conference ends with adoption of the first Convention on decent work in the platform economy», OIT, 12 de junio de 2026 · «How will the new convention n°193 promote decent work in the platform economy?», OIT.
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